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REFORMA TRIBUTARIA

(Miembro Informante en minoría por el Partido Nacional)
Cámara de Senadores, 12 de diciembre de 2006.
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info@sergioabreu.com
Tel. (0598-2) 2090980
Montevideo

Proyecto de Declaración referido a la muerte del preso de conciencia Orlando Zapata
INTERVENCIÓN - Cámara de Senadores, 03 de marzo de 2010

Señor Presidente: no es mi ánimo entrar en una discusión sobre el fondo de este tema porque el fundamento de voto debe remitirse a las razones que se invocan para pronunciarse.
La presentación de esta declaración simplemente tiene por objeto la ratificación de los compromisos del Uruguay en cuanto a los Tratados internacionales de los que es parte, incluyendo el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que fue abierto a la firma el 16 diciembre de 1966 y que recién fuera suscrito por Cuba en 2008 porque no podía soportar la contradicción de no suscribirlo y de ser miembro de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Es más: la suscripción y ratificación de este Tratado no se hizo por la vía de la asamblea popular, como corresponde, a través de los Parlamentos, sino por una comunicación de un protocolo de carácter administrativo. Desde el punto de vista del Derecho Internacional tenemos esta duda. Es por eso que queríamos hacer una afirmación e insistir sobre los derechos que están en juego y de los que todos los Estados somos parte, incluso ahora la República de Cuba, más allá de su interpretación. El derecho de opinión e, incluso, la libertad de expresión, están claramente establecidos en estos tratados y, obviamente, analizar si Cuba los cumple o no, ya que se aplican a todos los Estados.
Por otra parte, señor Presidente, nosotros debemos ser consecuentes con estos temas; hay una ruptura de lo que nosotros consideramos que es la democracia, que es el pluralismo político y no la “pluriporquería”. El pluralismo político es el juego abierto de la oposición y el oficialismo representados en un sistema en el que, como muy bien dijo ayer el actual señor Presidente, es muy importante el sentido republicano, que aquí parecería que no está jugando desde el punto de vista filosófico de la separación de Poderes, y mucho menos en lo que tiene que ver con la pluralidad en el ámbito político.
En tercer lugar, el respeto a los principios de no intervención también debe ser acompañado por nuestra condena sistemática a la actitud que ha tenido Estados Unidos respecto del bloqueo de Cuba, que también es violatorio del Derecho Internacional y que hemos denunciado en forma permanente. Además, si el señor Senador Lorier presenta una moción con respecto al tema que mencionó, con mucho gusto estamos dispuestos a estudiarla y a acompañarla, porque acá no está en juego algo de carácter ideológico, sino los derechos humanos, que están más allá de las distintas expresiones y preferencias.
Quiero decir que este numeral 3º) es casi una representación exacta de la declaración del Grupo de Río de 1994, que tiene la firma del Canciller Celso Amorim –si los señores Senadores lo desean, puedo hacerla circular–, en la que además se habla del pluralismo, de la democracia y de los derechos. En su oportunidad esa declaración fue aprobada por unanimidad por el Grupo de Río, y hoy puede ser ampliada aun más. No creo que el Canciller de Brasil o el de Chile de esa época hayan cambiado de opinión sobre este tema, aunque la conveniencia y los intereses a veces son tan fuertes que hasta la fragilidad de los principios queda por el camino.
Para confirmar esto basta con ver lo que pasó con el Presidente “Lula”, que llegó a Cuba justo en el momento en que se dio esta situación y miró para el costado, como para distraerse de aquello que para nosotros es tan importante: los derechos humanos. Y, no obstante, tan importantes son para Brasil que su propia Embajada ofreció refugio al Presidente Zelaya para, de alguna manera, convertirse en el instrumento que pudiera restablecer la democracia en Honduras, lo que apoyamos enfáticamente.
En base a estas reflexiones, que no son de carácter ideológico sino que solo pretenden coherencia de principios y la defensa de determinados conceptos, es que propusimos esta declaración, pero no para poner a ningún gobierno contra la pared ni para revivir condiciones y discusiones que creo a esta altura son parte del pasado. Sabemos que en Cuba, por ejemplo, hay delitos de peligrosidad social y hasta ejecuciones, temas que son también de nuestra preocupación.
Agradezco al señor Presidente su tolerancia ya que, sin pretender hacer referencia a la reforma tributaria, hemos agregado a nuestra exposición el IVA y el IRPF.




Proyecto de Declaración

Ante el fallecimiento de Orlando Zapata Tamayo, un ciudadano cubano detenido en ese país en calidad de preso de conciencia, que realizaba una huelga de hambre en defensa del derecho a la libertad de expresión,

El Senado de la República Oriental del Uruguay
Declara:

1º) Su convicción de que la vigencia de los Derechos Humanos en su plenitud debe ser respetada por todos los Estados, en especial por los Latinoamericanos de conformidad con lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el día 10 de diciembre de 1948, y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PDCP), abierto a la firma el día 16 de diciembre de 1966 y que fuera suscrito por la República de Cuba en febrero de 2008.

2º) Su reafirmación de que los derechos mencionados en estos textos deben ser tutelados, protegidos y realizados por los Estados, de forma tal que resulten efectivos, en particular, en lo relativo al caso Zapata, aquellos derechos que se refieren al trato inhumano en prisión, a la necesidad de un juicio justo y al derecho a la libertad de expresión y opinión (Artículos 5, 10 y 19 de la DUDH y 9, 10 y 19 del PDCP).

3º) Que en un marco de respeto por los Principios de No Intervención y de Libre Determinación de los Pueblos, instamos al Gobierno de la República de Cuba a promover el pluralismo político y garantizar las libertades que hacen al ejercicio pleno de los derechos de sus ciudadanos.